jueves, 31 de agosto de 2023

07681-40.DEPORTES: 06.Rubiales: La FIFA en su posible error por precipitación

DOCUMENTO ANTERIOR
07675 (29.08.2023 - 05.Rubiales, la plaza pública 
                                        y sus valores)

DOCUMENTO POSTERIOR
07683 (04.09.2023 - 07.Rubiales: La sentencia del TAD 
                                  y el "se acabó" 
                                  de las supremacistas feministas)

-I-

      Con este asunto de Luis Rubiales, la pregunta sigue siendo la misma, ¿sí Rubiales es dimitido por un beso, cuándo dimitirá el gobierno socialista/podemos por poner en la calle y reducir las condenas de miles de violadores?

      De momento la FIBA (Federación Internacional de Balompié Aficionado) ha abierto procedimiento disciplinario contra Rubiales, lo que implica el CESE de RUBIALES; ¡cuidado, esto puede ser un error por precipitación!

      Conforme los artículos 13.1 y 13.2 del Código Disciplinario de la FIBA.

13.1. Las asociaciones y clubes, así como sus jugadores, funcionarios y cualquier otro miembro y/o persona que lleve a cabo una función en su nombre, debe Respetar las Reglas de Juego, así como los Estatutos de la FIFA y las normas de la FIFA, reglamentos, directivas, directrices, circulares y decisiones, y cumplir con los principios de juego limpio, lealtad e integridad.

13.2. Por ejemplo, quien actúe en cualquiera de las siguientes formas podrá estar sujeto a medidas disciplinarias:

a) Violar las reglas básicas de conducta digna.

b) Insultar a una persona física o jurídica de cualquier forma, especialmente utilizando gestos, señas o lenguaje ofensivo.

c) Utilizar un evento deportivo para manifestaciones de carácter no deportivo.

-II-

       PEDRO ROCHA sucede a Rubiales como presidente transitorio/interino o vicepresidente/presidente o cualquiera sabe cómo. Lo cierto es, que de momento, a RUBIALES no hay forma de echarlo como presidente y que Pedro Rocha le sustituye por aplicación de algún que otro motivo como por un "supuesto de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa que impida transitoriamente desempeñar sus funciones", de lo que se deriva que el argumentario es "impida transitoriamente desempeñar sus funciones", lo que no deja de ser un eufemismo ya que a Rubiales nada le impide desempeñar sus funciones, salvo el odio del supremacismo feminista

       Por otra parte, no es posible presentar una MOCIÓN DE CENSURA conforme la norma jurídica vigente, de lo que se deduce que a las SUPREMACISTAS FEMINISTAS solo les queda el TAD (Tribunal Administrativo del Deporte; ver documento 07670 de 27.08.2023 de este índice)

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