viernes, 8 de abril de 2022

06854-362.CATALUÑA: 02.Tribunal Europeo: Llanera esperando la sentencia europea sobre los paranoicos huidos

DOCUMENTO ANTERIOR
06681 (27.11.2021 - Tribunal Europeo
                                  13.Puigdemont: Todo sigue igual: 
                                  Ni se suspende la inmunidad 
                                      ni se entrega a España)

DOCUMENTO POSTERIOR
06872 (22.04.2022 - Aragonés miente y no sabe qué es el CNI)
07018 (06.07.2022 - 03.Tribunal Europeo: 01.TJUE y TGUE
                                 14.Puigdemont o de mal en peor 
                                      la justicia europea)


I: DECISIÓN MARCO 

       La Decisión Marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, establece la orden de detención europea y los procedimientos de entrega entre Estados Miembros. 
       
       El objetivo es la supresión de los procedimientos de extradición para las personas que eluden la justicia después de haber sido condenadas por sentencia firme y acelerar los procedimientos de extradición relativos a las personas sospechosas de haber cometido un delito.

       En el artículo 1.1 se dice que la Orden de Detención Europea es una resolución judicial dictada por un Estado miembro con vistas a la detención y la entrega por otro Estado miembro de una persona buscada para el ejercicio de acciones penales o para la ejecución de una pena o una medida de seguridad privativas de libertad.

       En el artículo 1.2 se dice que los Estados Miembros ejecutarán toda orden de detención europea, sobre la base del principio del reconocimiento mutuo y de acuerdo con las disposiciones de la presente decisión marco.

II: DE LOS DELITOS

      Los delitos cometidos por la CÚPULA son claros:

      1- De corrupción por pensamiento atacando a la Constitución Española de 1978 con el fin ilicito de lograr una independencia, y desobediencia al Gobierno de España y Tribunales de Justicia

      2- De pertenencia a organización delictiva con el fin de vulnerar el estado de derecho en España

      3- De secuestro, detención ilegal y toma de rehenes de los miembros de una comitiva judicial

      4- De xenofobia por rechazo y odio a los españoles

      5- De robos organizados de material bélico en un coche de la policía española,


III: JUEZ LLANERA

        La UNIÓN EUROPEA es un feto; en reiteradas ocasiones viene diciéndolo Cómodo Centón desde hace años, y al paso que va NUNCA la Unión Europea mutará en EUROPA. 

        El juez LLANERA tiene mérito, un mérito infinito en la espiral, fuera del círculo, una PACIENCIA infinita, más infinita que los designios divinos, suponiendo que estos existan, en una falsa sociedad europea que da pena, mucha pena. 

       Sí de lo que se trata es de CREAR EUROPA, ¿qué parte de la delincuencia de los paranoicos catalanes no se entiende?

IV: RESPUESTA DE LA UNIÓN EUROPEA

       De lo que se trata es de que el TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA resuelva ciertas controversias entre la legislación europea y las legislaciones de países europeos, cuando la mutua confianza entre Estados Miembros debería de existir plenamente, pero cuando lo que impera es una sociedad europea de rancios nacionalismos que solo piensan en "¿qué hay de lo mío? 

       Lo que se está poniendo en duda es la propia Decisión Marco y su contenido como euroorden

No hay comentarios:

Publicar un comentario