miércoles, 6 de julio de 2022

07018-371.CATALUÑA: 03.Tribunal Europeo: 01.TJUE y TGUE: 14.Puigdemont o de mal en peor la justicia europea

DOCUMENTO ANTERIOR
06681 (27.11.2021 - Tribunal Europeo: 13.Puigdemont
                                  Todo sigue igual
                                  Ni se suspende la inmunidad 
                                       ni se entrega a España)
06854 (08.04.2022 - 02.Tribunal Europeo
                                  Llanera esperando la sentencia europea 
                                      sobre los paranoicos huidos)

DOCUMENTO POSTERIOR


I: ANTECEDENTES

Sábado, 27 de noviembre de 2021
06681-354.CATALUÑA: Tribunal Europeo
13.Puigdemont: Todo sigue igual
Ni se suspende la inmunidad ni se entrega a España

     Hoy (27.11.2021), de nuevo, el Tribunal General de Justicia de la UE niega suspender la inmunidad de Carlos Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí. 

     Dicho tribunal establece que la Euroorden de Detención de los citados y el Proceso Penal en España están suspendidos en toda la Unión Europea.

     Significa lo anterior, que no hay riesgo de detención real sobre los citados, de manera que no procede medidas cautelares de protección, ya que sobre lo que pende sobre los citados no ha sido resuelto por el dicho tribunal europeo. Significa, además, que la Justicia Española ha de aplicar la suspensión del proceso penal y de la ejecución de las órdenes de detención europeas dirigidas contra los diputados, entre tanto lo que pende sobre los citados es resuelto por el dicho tribunal europeo. 

     Así, el SIGNIIFICADO de todo lo anterior es que ni hay suspensión de inmunidad ni hay entrega a la Justicia Española, hasta que el Tribunal Europeo decida sobre lo que pende sobre el citados. Dicho de otro modo, todo sigue igual, en fase de decisión del Tribunal Europeo sobre si los citados son o no son entregados a la Justicia Española.

II: JUSTICIA EUROPEA, DE MAL EN PEOR

    En el año 2019 no pudieron, ni Carlos Puigdemont ni Toni Comín, tomar sus asientos en la Eurocámara ya que no aparecían en la Lista de Eurodiputados de la Junta Electoral Central de España, pues lo mismos no habían ni pasado por Madrid, ni juraron ni prometieron la Constitución Española de 1978.

        Ante lo anterior, el presidente de la eurocámara Antonio Tajani les negó la toma de los escaños, a lo que respondieron Puigdemont y Comín un recurso de anulación ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) por las decisiones del presidente de la eurocámara.

       Posteriormente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en el caso Junqueras, dictaminó que una persona adquiría la condición de miembro una vez había sido elegida, sin necesidad de más trámites. Es decir, ignoró la legislación española.

       Lo anterior llevó a que Puigdemont y Comín tomarán posesión de sus actas en enero de 2020. 

       Ahora, el TGUE dicta que el RECURSO presentado por Puigdemont y Comín es inadmisible, y por tanto no son eurodiputados ni tienen inmunidad parlamentaria. Pero, dicho DICTADO no es de aplicación ya que Puigdemont y Comín son eurodiputados y tienen inmunidad parlamentaria. No obstante, cabe recurso ante el TJUE.

       A su vez, señala el  TGUE en su Sentencia que técnicamente los eurodiputados tienen que verificar sus credenciales, pero para eso hace falta la notificación oficial de la Junta Central Electoral (JCE), lo que entra en evidente contradicción con la Decisión Junqueras o que un diputado europeo lo es sin necesidad de la verificación de la JCE.

       Dicho de otro modo, todo lo anterior demuestra que TODAS LAS LEYES MIENTEN, ya que una norma jurídica no puede decir "lo Uno" (TGUE) y su contrario o "lo Otro (TJUE)

      Esto es, en Europa siguen viviendo unos DELINCUENTES/FELONES merced a la Justicia Europea.

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