martes, 7 de mayo de 2024

08233-319.ALICANTE: 08.Macrodépositos: Objetivo y peligros del objetivo de Barcala: El recurso de casación

DOCUMENTO ANTERIOR
08219 (30.04.2024 - 07.Macrodépositos: Sentencia del TSJ 
                                      de Valencia a favor de XC-BUSINES
                                  ¿Recurso o negociación?)

DOCUMENTO POSTERIOR
08292 (28.05.2024 - 09.Macrodépositos: Queda para el Ayuntamiento 
                                              acudir al Tribunal Supremo)


I: DEL OBJETIVO DE BARCALA
      
     LUIS BARCALA, alcalde Alicante, del Partido Popular ha dicho que "tenemos tiempo, queremos que las cosas se hagan bien, que estén bien fundadas y ese es el escenario que manejamos en este momento. Están todas las alternativas abiertas y lo que queremos es tomar la mejor solución posible, en consecuencia, la inmensa mayoría vamos alineados en esa hoja de ruta que es la lógica y con la que estamos actuando en esa lógica y siempre con un objetivo que es intentar que, en la medida de nuestras posibilidades, y salvo que nos obligaran judicialmente, a que en el puerto de Alicante no haya macrodepósitos, incluso una negociación iría en esa vía"

      Añadiendo Barcala que "este pleito radica única y exclusivamente sobre la licencia ambiental, que es uno de los aspectos, no acaba el procedimiento, aquí se puede plantear muchas cosas. No perdemos, también lo ganamos en primera instancia y si lo ganamos en primera instancia y con una sentencia contundente tenemos que ver hasta qué punto la previsión de recurso de casación a dónde nos llevaría. Hay que ser muy responsables con este tema porque jugamos con intereses de la empresa y con los intereses de los alicantinos, esa es mi obligación"

II:  EN EL CAMINO DEL MAYOR PELIGRO

       Dos son los objetivos inmediatos de Luis Barcala. Primero, ganar el pleito de forma definitiva. Segundo, saber la fecha desde la que inicia la cuenta para los PAGOS que tendría que hacer el Ayuntamiento a la Empresa, es decir, la EMPRESA pide 4.000.000 de euros por año más, entendemos, los correspondientes intereses; una fortuna. 

      La ACLARACIÓN que pide el Ayuntamiento al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) consiste en lo mencionado en párrafo anterior, ya que, dice Barcala, "no es lo mismo calcular una indemnización desde hace seis años que desde hace dos o tres semanas", añadiendo que en virtud de la respuesta del TSJ, iniciará el Ayuntamiento el recurso de casación.

      El RECURSO DE CASACIÓN es un método de impugnación extraordinario contra sentencias firmes de tribunales que han resuelto los recursos de apelación y que se presenta ante el Tribunal Supremo.

      Significa que la resolución del asunto está inmersa en el tiempo, y quiere decir que el TRIBUNAL SUPREMO resuelve sobre cuestiones de derecho, pero, no revisa como haya valorado la prueba el anterior tribunal. 

      Solo se puede acudir a la casación por dos motivos:

- Infracción de normas jurídicas al dictar la sentencia el tribunal

- Vulneración de derechos constitucionales al dictar la sentencia el tribunal.

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