jueves, 2 de julio de 2020

05891-190.TODAS LAS LEYES MIENTEN: De la Televisión/Radio Pública

DOCUMENTO ANTERIOR
05886 (26.06.2020 -  ¿Cuántas manifestaciones se celebran
                                     cuando un manifestante golpea a un policía?

DOCUMENTO POSTERIOR


     Toda TELEVISIÓN PÚBLICA depende del Gobierno de la Nación, de ahí que toda televisión pública sea un agente de propagando del gobierno de la nación.

      La Televisión Pública se sostiene por los Presupuestos Generales de la nación y por la Publicidad Privada, de lo que se evidencia que por una parte ha de estar sujeta a su dueño, el Gobierno de la Nación, y por otra parte ha de someterse a las necesidades privadas de las empresas que se publicitan. Para evitar lo segundo, la Televisión Pública puede no emitir publicidad privada, pero queda sometida a la Gobierno de Turno, de forma que sola una parte de la población accede a la Televisión Pública al ser considerada por la otra parte como Propaganda Oficial del Gobierno.

     Así, la Televisión Pública, que se presenta como la televisión de "todos" es, en todo caso la televisión de una "parte" que, en todo caso,  es pagada por "todos". Dicho de otro modo, la televisión Pública es un gasto innecesario dentro del Presupuesto General del Estado.

      El nombramiento de la DIRECCIÓN de la Televisión Pública está, en todo caso, en la voluntad política del Gobierno de Turno, lo que la hace un instrumento de propaganda gubernamental. 

   Para que dicho INSTRUMENTO fuese INFORMACIÓN PÚBLICA PARA TODOS sería necesario que, con periodicidad semanal, se hiciesen cargo de la Televisión Pública las TELEVISIONES PRIVADAS en el sector de Informativos, quedando en manos de un Consejo de Televisiones Privadas los contenidos mensuales de entretenimiento, de modo que dichos CONTENIDOS DE OCIO reflejasen, cada mes, la voluntad rotatoria de las Televisiones Privadas. 

    Las TELEVISIONES PRIVADAS quedarían organizadas en unos Sub/Consejos de carácter nacional, regional y local, quedando las emisiones en franjas horarias, de modo que en cada periodo de franjas horarias la supremacìa de emisión estuviese en manos de uno de los tres citados sub/consejos. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario