sábado, 5 de enero de 2013

01291-81.ECONOMÍA: 01.Tratado Internacional Europeo Presupuestario - Regla de Oro

DOCUMENTO ANTERIOR:  00903 - 00944 - 01097 - 00912

DOCUMENTO POSTERIOR:   01293 - 01325 - 01629


                         I: PACTO INTERNACIONAL EUROPEO PRESUPUESTARIO

     A la vista de como se encontraban las CUENTAS PÚBLICAS en los ESTADOS MIEMBROS de la Unión Europea, las intervenciones en Irlanda, en Portugal y en Grecia, y la posible intervención en España e Italia, y las consecuencias que podrían devenir en Francia y Alemania y, por lo mismo, en el resto de los Estados Miembros, con el posible colapso de Europa y sus inevitables efectos en el resto del mundo, y viendo ALEMANIA las ingentes cantidades de dinero que tendrían que habilitarse, se impuso por MERKEL "la de las tetas sobre la mesa", en enero del año 2012, de un PACTO FISCAL  con la pretensión final de establecer un TECHO DE GASTO para los Estados Miembros de la Unión Europea. Posteriormente se firmó en marzo del 2012 por parte de 25 estado miembros, quedando fuera Gran Bretaña y República Checa, con la condición de que fuera ratificado al menos por doce países (España, Austria, Chipre, Alemania, Dinamarca, Estonia, Francia, Grecia, Italia, Irlanda, Lituania, Letonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Finlandia).

     EL día primero del año 2013 ha entrado en vigor el TRATADO INTERNACIONAL EUROPEO PRESUPUESTARIO o PACTO FISCAL o REGLA DE ORO, con la intención de que, definitivamente, deje de ser un acuerdo intergubernamental y prevalezca como "marco legal" de la Unión Europea, donde se establece el presupuesto equilibrado o de superávit, admitiendo un Déficit Máximo del 0,5% del PIB (Regla de Oro), siendo la referencia alemana que desde 2009 es del 0,35% del PIB por año, y se aplicara a partir del año 2015. Por otra parte, se mantiene el 60% del PIB en cuanto a Deuda Pública (véase documento 00903 de este índice). Además el pacto vincula la concesión de rescates a países a su ratificación del pacto fiscal, fijando multas que podrán ascender al 0,1 % del Producto Interior Bruto (PIB), ingresándose éstos fondos y los fondos en el presupuesto de la Unión Europea. 


                                                              II: ANTECEDENTES


    Por el TRATADO DE MAASTRICHT (véase documento 00912 de éste índice), celebrado el siete de Febrero de 1992, los Estados Miembros de la Unión Europea acordaban la unión económica y monetaria, introduciendo una moneda común, el euro, el uno de Enero del año 2002. 

   Como conceptos básicos se hablaba de Finanzas Públicas como las propias del gobierno central de cada país más los gobiernos regionales del mismo, más el fondo de la seguridad social. Por Déficit se refería al importe neto de los préstamos. Por Deuda al total de las emitidas por el conjunto de un país. Así, el concepto de Finanzas Públicas se ha de mover entre el 3% del Déficit y el 60% de la Deuda, ambas con relación PIB. Se establecía el Modo de Financiación por financiación monetaria ó máquina de hacer billetes, Deuda Pública, Préstamos e Impuestos.

   Importancia Vital era los Cinco Criterios de Convergencia, tales como la estabilidad de precios, la participación en el sistema monetario europeo, los tipos de interés a largo plazo, así como la situación en cuanto a déficit y deuda. Y se hacía especial hincapié en la Política Presupuestaria tanto como la manera de financiar el Déficit como sobre la utilización de los gastos correspondientes al Déficit.

   Por otra parte se escenificaba una UNIÓN POLÍTICA en cuanto política exterior, de seguridad común, de defensa, ciudadanía europea, derechos civiles iguales y mejoras de vida, así como cooperación judicial, policial y aduanera entre otras... 

     El PACTO DE ESTABILIDAD Y CRECIMIENTO EUROPEO exponía las condiciones que tenían que cumplir los Estados Miembros para permanecer en la Zona Euro, obligando a  estar por debajo del 3% de déficit anual sobre el PIB y que la deuda viva,  o la suma de todas las deudas públicas del país, tiene que ser inferior al 60% del PIB.

    El PACTO DE COMPETITIVIDAD de 11.2.2011 (véase documento 00452 de éste índice) fue la manifestación de una evidencia... todos, empezando por Alemania, se habían pasado a Maastricht por el forro de la vecina..., de modo que la PRE-QUIEBRA EUROPEA del año 2008, alcanzaba en el año 2012 de unos AJUSTES y RECORTES como expresión penal de una condena que actualmente se está cumpliendo, así... el salario estaría en función de los resultados de cada una de las empresas, la edad de jubilación se relacionaría con la evolución demográfica, el reconocimiento mutuo de diplomas académicos, unificar los sistemas educativos, mayor movilidad laboral, armonizar el impuesto de sociedades, entre otros y, además, insistir en incluir en las "constituciones nacionales" un límite de déficit y deuda; significa seguir el curso de los datos alemanes sobre la base del año 2005 en un 0,35% del PIB para el Estado Central, con equilibrio de las autonomías. 


                                                       III: EL AÑO DOS MIL TRECE

   Es el año 2013 el de cumplimiento de las penas de cuantos delitos, contra Maastricht  se han cometido a lo largo de los últimos veinte años. Y los culpables son varios:

- los políticos que gastaron el dinero que la nación no tenía
- los ciudadanos que aceptaron el dinero que la nación no tenía.
- los brujos que vendieron papelitos, con permiso de los políticos, y que compraron los ciudadanos

    Solo que la CONDENA es penosa, será larga, sobre todo para algunos... mientras que otros pagaran la fianza, dice Cómodo Centón. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario