martes, 13 de julio de 2010

00214-2.LAS 881 PAGINAS

El ESTATUTO DE AUTONOMIA DE CATALUÑA DEL AÑO 2006 es la antesala cierta de la independencia. Es cierto que España no se rompe, pero es aún más cierto que España inicía el proceso de desquebrajamiento que conduce a la rotura de España.

Se DECLARAN INCONSTITUCIONALES total o parcialmente el PREAMBULO y TRECE ARTICULOS.

Pero lo más importante de todo el Estatuto, la definición de Cataluña como nación, sufre de una notoria cobardía por parte de los miembros del Tribunal Constitucional, quienes admiten que la definición como nación y la realidad nacional de Cataluña carecen de eficacia jurídica, lo cual viene a ser como considerar al pulpo como animal de compañia.

Respetar el ARTICULO 6º admitiendo la supremacía del catalán sobre el español es la segunda notoria cobardía del Tribunal Constitucional, de modo que suprimir del texto solo la palabra "preferente" denota el miedo de los miembros del Tribunal Constitucional ante los nacionalismo, cuando lo que debe decir el Tribunal es que la lengua de Cataluña es el español, quedándo el catalán como segunda lengua, conforme se establece en la Constitución Española de 1978.

El ARTICULO 76º es un ataque directo a la norma general de España, ya que el Consejo de Garantias Estatutarias de Cataluña fija como vínculantes sus dictámenes en relación a las leyes, pero lo exgtraordinario de este artículo es que los miembros del Consejo de Garantias Estatutarias de Cataluña son nombrados por el Presidente de Cataluña, lo que convierte al Presidente de Cataluña en un verdadero "el estado soy yo" como órgano legislativo, judicial y de control del gobierno.

El ARTICULO 78º hace que el Defensor del Pueblo de Cataluña sea el único que puede controlar a la administración y a otros organismos dentro de Cataluña, anulando así las competencias del Defensor del Pueblo de España, por lo que nadie, fuera de Cataluña, podría controlar al gobierno de Cataluña

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