miércoles, 25 de noviembre de 2020

06162-70.NUEVA BENEFICENCIA: 47.Inmigración/Integración: 02.Las devoluciones en caliente son legales: ONGs, y ahora, ¿qué?

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02289 (16.05.2015 - 01.¿Quién quiere a un emigrante en su cama?)
05480 (07.11.2019 - 43.Inmigración e Integración: 02.Concepto
                                      Del comportamiento del Inmigrante
                                      Racismo y Xenofobia)
05651 (16.02.2020 - 66.NUEVA BENEFICENCIA
                                 44.Inmigración e Integración
                                      Las devoluciones en caliente son legales)

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I: ANTECEDENTES 

    En el año 2017 dos extranjeros decidieron entrar en casa ajena por la fuerza, la policía los cogió y los devolvió a sus casas. Aparecieron las despreciables ONGs, cuyos miembros viven de los extranjeros, y presentaron una demanda ante El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, y dicho tribunal condenó a España a pagar, a los dos que entraron en casa ajena, la bonita suma de 5.000 euros. Las despreciables ONGs contentas y exultantes alabaron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo

    En febrero de 2020 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha sentenciado en contra de las despreciables ONGs que viven de los extranjeros. Las DEVOLUCIONES EN CALIENTE son legales; es un alivio para la policía y es un alivio para la práctica totalidad de una sociedad que, llena de miedo, no es capaz de reconocer públicamente que las devoluciones en caliente son necesarias, ya que a una "casa" se entra por la puerta y con el debido permiso del dueño. Lo demás, huelga. ¿Qué parte no se entiende?

II: ARGUMENTOS EN NOVIEMBRE DE 2020

       El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha argumentado, siguiendo la clásica doctrina de Cómodo Centón, que aquellos que asaltaron las vallas de Ceuta y Melilla "se pusieron ellos mismos en una situación de ilegalidad" al acceder "a lugares no autorizados" y "recurriendo a la fuerza" y al "efecto masa", es decir "decidieron no utilizar las vías legales existentes" y acceder "de forma irregular" a territorio español.

      Traducido, lo anterior, a lenguaje común, y conforme Cómodo Centón, a una casa se accede por la puerta y con permiso del propietario, de forma que entrar por la ventana, con nocturnidad y alevosía, y violencia, es un delito.

      ONGs, y ahora, ¿qué? 

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