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04695 (05.11.2018 - 03.Sentencia Hipotecas: Se reúnen los magistrados)
04680 (26.10.2018 -Tercer Teorema de Todas las Leyes Mienten - Resumen)
DOCUMENTO POSTERIOR
04706 (07.11.2018 - 05.Sentencia Hipotecas
04706 (07.11.2018 - 05.Sentencia Hipotecas
La decisión del Tribunal Supremo es la correcta)
I: ANTECEDENTES
lunes, 5 de noviembre de 2018
04695-161.TODAS LAS LEYES MIENTEN:
03.Sentencia Hipotecas: Se reúnen los magistrados
Y dijo Cómodo Centón
1.- La Sentencia no va a ser modificada
2.- Los Gastos lo van a pagar la Banca
3.- El pago a cargo de la Banca será desde la fecha de la sentencia
4.- La sentencia no tendrá carácter retroactivo
Y Cómodo Centón se equivocó
II: LA LEY HIPOTECARIA
La Ley Hipotecaria que regula el mercado hipotecario en España es:
-de FRANCO por el Decreto de 8 de febrero de 1946
A la citada ley se añadía:
-de CALVO SOTELO la Ley 2/1981 de 25 de marzo
-de ZAPATERO la Ley 41/2007 de 7 de diciembre que modifica a la anterior.
Otras modificaciones han sido:
En 1993 el Gobierno del Partido Socialista (Felipe Gonzalez) adoptó clausulas abusivas en los Contratos Hipotecarios. Años más tarde El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que tres cláusulas hipotecarias eran abusivas, declarándolas nulas.
En 2015 el Tribunal Supremo de España declaró abusivas las cláusulas de los Contratos Hipotecarios referidas a los gastos, afirmando que dichos gastos lo eran por cuenta de la Banca, ya que eran los bancos los interesados en inscribir las escrituras, para más tarde, febrero de 2018, añadir que los impuestos eran a cargo de los bancos, tras lo cual, en octubre de 2018, se manifestaba por el Tribunal Supremo lo contrario.
En noviembre de 2018 la Sala de la Contencioso del Tribunal Supremo establecía que la totalidad de los gastos e impuestos eran a cargo de los clientes.
III: ¿A QUIÉN BENEFICIA LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO?
En primer lugar PERJUDICA al Cliente, que tiene que pagar
En segundo lugar NI PERJUDICA NI BENEFICIA a la Banca, ya que en todo caso la Banca hace recaer en el Cliente, vía Comisiones, los gastos que tenga que pagar la entidad
En tercer lugar BENEFICIA AL ESTADO, ya que las Comunidades Autónomas no están obligadas a devolver el dinero a los Clientes/bancarios
Todo lo anterior significa que el asunto, en sentido estricto, resulta ni fu ni fa para la banca, y sobre todo significa que el GOBIERNO SOCIALISTA DE LA MOCIÓN DE CENSURA se ha quitado de encima un gran/inmenso problema económico al no tener que devolver unos 6.000.000.000 de euros con las implicaciones presupuestarias y de déficit que traería consigo.
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