domingo, 21 de febrero de 2021

06385-241.POLÍTICA: 04.Los Derechos Humanos: 01.La ONU y los derechos

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06371 (15.02.2021 - 03.Los Derechos Humanos
                                     ¿Qué nación los declaro?)

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06388 (22.02.2021 - Concepto de Fascismo/Comunismo)
06390 (24.02.2021 - 05.Los Derechos Humanos
                                 Diversos planteamientos modernos)


     (CÓMODO CENTÓN: DERECHOS HUMANOS - Naciones Unidas: 1948) Alcanza la Evolución de las Ideas en este momento la cumbre de su desarrollo jurídico/social. Ciertamente hemos visto declaraciones utópicas y revolucionarias referidas a la igualdad entre “los hombres”, las cuales se han sucedido desde un humanismo primitivo a una actividad política incipiente. Y decimos “los hombres” porque, como ya ha sido menciona en páginas anteriores, LOS DERECHOS HUMANOS han sido, hasta ahora, Derechos del Hombre.

     El ESTADO LIBERAL, esencia y existir de la Democracia, ha priorizado al hombre sobre la mujer, lo que hacía posible que el hombre pudiese votar y participar, detentando el poder en un NUEVO SISTEMA ABSOLUTISTA, superador del Antiguo Régimen, quedando la la Mujer pareja, por analogía, como el resto de un Sistema Seudo/Esclavista.

     El cambio, aunque político y jurídico, pero no social y real, tiene lugar con LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS; toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía. Se desarrollan los derechos de carácter personal, del individuo en relación con la comunidad, a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país, derecho a la propiedad, individual y colectivamente, de pensamiento, de conciencia, de religión y libertades políticas, así como económicos, sociales y culturales. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta declaración se hagan plenamente efectivos.

     Conforme a lo anterior, ya no se habla de una Declaración de los Derechos del Hombre en cuanto ciudadano, sino de la persona en cuanto ser humano, de forma que dicha declaración hace referencia, por igual, al hombre y a la mujer.

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