viernes, 17 de junio de 2011

00603-34.TODAS LAS LEYES MIENTEN: 07.Iberdrola

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Más, Cómodo Centón añade que no puede ser que su CASA de 1870 sea un almacén o deposito; seguro que los insignes padres del tribunal Constitucional están conmigo, seguro que dicen que mi casa de 1870 con siete dormitorios es mi casa, es mi propiedad privada, y niegan que es un almacén o deposito.

Pues en lo que sigue se demuestra que Cómodo Centón es más tonto que una mata de haba.

Al TRIBUNAL CONSTITUCIONAL se le dice que el Juzgado de San Vicente (Alicante) y que la Audiencia Provincial de Alicante han dictado sendas resoluciones con infracción del derecho reconocido en el Art.18.2 de la Constitución Española dando lugar a la vulneración del derecho a la inviolabilidad de domicilio.

Y se le añade al TRIBUNAL CONSTITUCIONAL que sin haberse practicado prueba alguna de las peticiones de parte, se valore el ánimo con el que los querellados desarrollaron las continuas invasiones y entradas ilegitimas en la vivienda de mi mandante, accesos que, por no consentidos y autorizados, consideramos subsumibles dentro del tipo penal de allanamiento de morada.

Y se solicita del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL el AMPARO para que se reconozca el derecho a la inviolabilidad del domicilio, se declare nula de pleno derecho las resoluciones anteriores y se restablezca el derecho de Cómodo Centón.

Pues la respuesta del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL es que va a ser que no.

Dicho de otro modo, que una CASA de 1870 con siete dormitorios, cocina, lavadora, lavavajillas, sillones, mesas, armarios, bodega, cocina de leña, sillas, cubiertos, platos, vasos, copas, manteles, servilletas, alfombras, televisión, radio, tocadiscos, dos chimeneas... ES UN ALMACÉN O DEPOSITO

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