martes, 15 de septiembre de 2020

06003-194.TODAS LAS LEYES MIENTEN: Escuela de la Jurisprudencia de los Intereses: Pedro Sánchez y Dolores Delgado: Corruptos por Pensamiento

DOCUMENTO ANTERIOR
00101 (23.04.2010 - 01.De la Reparación: De las leyes)
00140 (15.05.2010 - 02.De la Reparación: De las consecuencias)
00146 (18.05.2010 - 03.De la Reparación: Amnistía y Memoria Histórica)
00152 (23.05.2010 - 04.De la Reparación: De la pertinaz venganza)
00820 (30.11.2011 - 05.De la Reparación: ¿Realidad o estupidez?)
00948 (05.03.2012 - 05.De la Reparación: 02.De la Pertinaz Venganza)
02151 (22.01.2015 - 01.Concepto de Ley)
02687 (17.01.2016 - 01¿Qué es Corrupción?: 01.Concepto)
02692 (18.01.2016 - 02¿Qué es corrupción?: Teoremas)
02705 (26.01.2016 - 03¿Qué es Corrupción?: 02.Concepto)
02717 (30.01.2016 - 04.¿Qué es Corrupción
                                       Por dinero, influencia y pensamiento)

DOCUMENTO POSTERIOR
05920 (18.07.2020 - La Paga del 18 de Julio: Hipocresía Democrática)
06027 (24.09.2020 - 59.Virus Corona: 04.Fraude Ley
                                       Contratando profesores sin titulación legal)
06039 (29.09.2020 - 898.ESPAÑA: 22.¿Qué es corrupción?
                                         La falsa y fascista/comunista 
                                               Izquierda Española se cabrea: Torra y Rato)


I: ESCUELA DE LA JURISPRUDENCIA DE LOS INTERESES

     (661.Caspar Rudolf von Ihering: 1818-1892 - ESCUELA DE LA JURISPRUDENCIA DE LOS INTERESES) Sin embargo, añade la Evolución de Las Ideas un nuevo concepto interpretativo de la norma jurídica. 

     La LEY, se dice, es el resultado de un conjunto de intereses que se enfrentan dentro de una determinada comunidad humana, siendo tales los de ámbito material y éticos. Nos encontramos ante la JURISPRUDENCIA DE LOS INTERESES, cuyo objetivo es el conocimiento de los intereses habidos dentro de una población humana y su ordenación, de modo que los intereses son productos de intereses, es decir, la Ley es el resultado de un interés, de manera que prevalece la Interpretación de la Ley, esto es, todo actuar en un caso concreto y el contenido de la decisión. 

     Sin embargo, deriva un planteamiento en cuanto a la realidad de que una LEY del todo no cubre el todo de la realidad, y es en este extremo, de curso bastante ordinario, que la INTERPRETACIÓN se hace una necesidad, y por lo mismo la necesidad del INTERPRETE; se dice en este punto que un conflicto de intereses lo es porque no está regulado, de manera que la mejor valoración legal ha de ser prioritaria, con independencia de la Ley y del posicionado subjetivo del Interprete, y más si viene dada por un cambio social. De tal modo, se dice por la Idea de la Persona, que toda disposición legal es producto de un interés, que debe producir un efecto en la sociedad, y que por lo mismo los intereses quedan limitados por la decisión. El método resolutivo implica conocer la norma y el proceso cognitivo de elaboración para una correcta interpretación de la ley, asi como el uso de un lenguaje como instrumento del conocimiento. 

     No obstante, lo anterior, todo orden jurídico tiene LAGUNAS, de modo que, ante una ausencia legal, no prevista por el Legislador, debe el Interpretador elaborar la norma en su parte ausente determinando el concepto. Además, nos dice la Idea de la Persona, la ausencia de norma legislativa implica una colisión entre lagunas sí se duplican decisiones contrarias o no del todo coincidentes.

II: PEDRO SÁNCHEZ Y DOLORES DELGADO

       El Presidente del Gobierno Español de la Poltrona y el Fiscal General del Estado están cumpliendo perfectamente con la Caspar Rudolf von Ihering; LA LEY ES EL INTERÉS de aquel que hace la Ley, y la hace a su conveniencia, en su beneficio, bajo su interpretación y modificación cuando le conviene.

     Tal es lo que está sucediendo, de continuo, en España; y se cambia no porque sea necesario, sino porque es oportuno y desviacionista de la realidad, y la realidad es que el culpable es el gobierno gobernante.

    Con la llegada de EVICO-19 el número de tropelías gubernamentales no parece tener fin, y su enumeración ya resulta harto innecesario. Pero las dos últimas destacan especialmente.

    Por una parte, la negativa de DOLORES DELGADO a investigar a Pedro Sánchez por Evico-19, y por otra parte la negativa de PEDRO SÁNCHEZ de aplicar la Ley de Memoria Histórica, sustituyéndola por otra que la vulnere y agrande la existencia de LAS DOS ESPAÑAS. 

    Y para lograr lo anterior, emplean la misma arma que empleo el RÉGIMEN FRANQUISTA, la Ley. 

III: DE LAS LAGUNAS

     Cuando una Ley no le sirve al GOBERNANTE, el gobernante la cambia a su antojo para que la Ley le sirva a él y solo a él. En esto Sánchez y Delgado son unos consumados maestros.

     El OBJETIVO DEL CAMBIO es GANAR.

     Pero TODA LEY comporta "lagunas", de ahí que cuando aflora "una laguna" se cambia, de nuevo, la Ley, lo que lleva a un eterno proceso de cambios legales cuyo fin es permitirle al Estado (Sánchez y Delgado) tener siempre RAZÓN, mutando la realidad que les es contraria en una realidad favorable. 

     Lo anterior recibe un nombre: CORRUPCIÓN POR PENSAMIENTO.

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