martes, 15 de diciembre de 2020

06195-204.TODAS LAS LEYES MIENTEN: 01.Consejo General del Poder Judicial: 01.En prisión

DOCUMENTO ANTERIOR
06150 (17.11.2020 - 03.Concepto de Ley: De los problemas del Juez)
00215 (14.07.2010 - 03.LAS 881 PAGINAS)

DOCUMENTO POSTERIOR
06197 (16.12.2020 - 02.Consejo General del Poder Judicial
                                  02.En prisión: No hay separación de poderes)


     La redacción que aparece en el Artículo 122 de la Constitución de 1978 dice:

1. La ley orgánica del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia.

2. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo. La ley orgánica establecerá su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones, en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.

3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.

     Dicho de otra manera:

-El Presidente del CGPJ será el Presidente del Tribunal Supremo.

-12 serán Jueces o Magistrados, elegidos por los jueces

-8 serán abogados o juristas: 
 4 elegidos por el Congreso 
 4 elegidos por el Senado
elegidos por mayoría de tres quintos.

       Cambios en la Ley Orgánica 6/1985 del Partido Socialista:

-el presidente es elegido por los vocales

-diez elegidos por el Congreso

-diez elegidos por el Senado

      Cambios por la L.O. 2/2001, de 28 de junio Partido Popular: 

-8 serán abogados o juristas: 
 4 elegidos por el Congreso 
 4 elegidos por el Senado

-12 elegidos:
   6 por el Congreso 
   6 por el Senado
sobre un total de 36 presentados por los Jueces​

      Proposición Rechazada de modificación en febrero de 2020 del Partido Ciudadanos:

--8 serán abogados o juristas: 
 4 elegidos por el Congreso 
 4 elegidos por el Senado

-12 elegidos directamente por los Jueces

     Propuesta de Ley del Partido Socialista y Partido Podemos e Independentistas o Similares:

-restringir las funciones del Consejo del Poder Judicial

-reducir su actividad a asuntos administrativos

- sin contar con los informes preceptivos del Consejo del Poder Judicial, del Consejo de Estado y del Consejo Fiscal

      Cambios de Cómodo Centón:

-que los 21 miembros del Consejo del Poder Judicial sean elegidos por los Jueces

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