DOCUMENTO ANTERIOR
04580 (11.09.2018 - ¿Quién eres tú para impedir que yo me suicide?)
04989 (21.02.2019 - GENERALIDADES
Gestación Subrogada y Antecedentes de la Libertad)
05275 (07.08.2019 - GENERALIDADES: 02.Vientre de Gestación: Concepto)
05071 (04.04.2019 - GENERALIDADES: Eutanasia)
05640 (12.02.2020 - GENERALIDADES: 02.Eutanasia: Proposición de Ley)
DOCUMENTO POSTERIOR
06428 (20.03.21 - 04.Eutanasia: Ley aprobada en España
I: CONCEPTOS
La ASISTENCIA PALIATIVA alivia los síntomas refractarios o aquellos que no pueden ser controlados a pesar de los esfuerzos para hallar un tratamiento tolerable en un plazo de tiempo razonable sin comprometer la conciencia del paciente. Se trata de reducir el estado de conciencia y evitar el sufrimiento.
La SEDACIÓN TERMINAL se refiere al enfermo en fase de agonía mediante la aplicación de fármacos que disminuyen la conciencia, eliminando el dolor y el sufrimiento
El SUICIDIO ASISTIDO consiste en proporcionar al enfermo el tratamiento pertinente para que por sí mismo acabe con su vida
La EUTANASIA acelera la muerte de un paciente con intervención médica, haciendo uso de fármacos
II: ANTECEDENTES EN ESPAÑA
En España se viene aplicando tanto la Asistencia Paliativa como la Sedación Terminal, ambos se ejecutan mediante intervención médica, en fase terminal o cuando los síntomas son refractarios
III: LEY DE LA EUTANASIA EN ESPAÑA
La LEY en ESPAÑA contiene dos modalidades, que son el Suicidio Asistido y la Eutanasia, de modo que la Ley, de facto, contempla los cuatro casos declarados en el primer epígrafe. España es el tercer país que contempla ambas modalidades, detrás de Bélgica y Países Bajos.
Características:
- se dirige a enfermos crónicos, personas con discapacidad y enfermos psiquiátricos
- queda asistido:
- por el Sistema Nacional de Salud de España
- en centros privados
- en domicilio particular
- precisa de un año de empadronamiento
- la ejecución del mismo contiene un tiempo máximo de 32 días desde la solicitud o petición
- se fundamenta en:
- la decisión médica si el enfermo no está en pleno uso de sus facultades
- en un testamento vital
- en cualquier documento legal suscrito por el enfermo con anterioridad
- la muerte será legal y natural a todos los efectos
IV: DEL DERECHO A LA VIDA Y A LA MUERTE
Cómodo Centón contempla ambos derechos, el de la vida y el de la muerte, como derechos básicos de la persona, ya que NADIE puede decidir por otra PERSONA, ni nadie puede obligar a otra persona a vivir o a morir.
La MORAL resultante de creencias personales como creer en una ideología o en un dios, o en cualquier otro asunto, son simples creencias personales que, en un mundo ateo y anarquista, no son ni aceptables ni posibles, pero vivimos en un mundo donde "uno" busca imponer su creencia en "otro".
Dicho de otra manera: ¿Quién eres tú para impedir que yo me suicide? (ver documento 04580 de 11.09.2018 de este índice)
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