domingo, 9 de mayo de 2010

00130-5.EUROPA: NUEVE DE MAYO: De la Comisión

Ver documento 00129
Como regla general se dice que el Consejo de la Unión Europea actúa a propuestas de la COMISION. Sin embargo este pensamiento es una mera y simple falsa interpretación de la realidad.

La realidad es que la COMISION EUROPEA es elegida por los Estados Miembros. Lo primero es el nombramiento, por consenso, del Presidente, por los veintisiete jJefes de Gobierno, de modo que el PRESIDENTE de la Comisión Europea está plenamente ligado a los veintisiete por los que ha sido designado, y aunque es cierto que se somete a la aprobación del Parlamento, no es menos cierto que el Parlamento está mayoritariamente formado, como veremos, por militantes activos de los partidos gobernantes en cada país y que, por lo tanto, los jefes de gobierno de cada Estado Miembro, disponen de mayoría absoluta para la aprobación por parte del Parlamento del Presidente de la Comisión propuesto. Seguidamente, el Presidente y los Estados Miembros eligen, por consenso, a los COMISARIOS, que resulta que son veintisiete, es decir, uno por Estado Miembro. Dichos Comisarios pasan por la aprobación del Parlamento, esto es, misma situación de mayoría absoluta, antes descrita para el Presidente, por los Estados Miembros, siendo el propio CONSEJO quién designa a la Comisión Europea.

En cuanto a las funciones que desarrolla son las de representar a la Unión Europea, y gestionar su actividad diaria, con ayuda de 23.000 funcionarios, proponer leyes al Parlamento y aplicar las decisiones del Consejo.

Según lo anterior, la Comisión Europea es, tan solo, un brazo ejecutor de los interéses del Consejo, es decir, de los veintisiete Jefes de Gobierno.

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