martes, 19 de enero de 2021

06282-329.CATALUÑA: 02.Elecciones 2021: Suspensión Judicial sobre el retraso de las elecciones

DOCUMENTO ANTERIOR
02578 (05.11.2015 - El Legislador Negativo)
06268 (14.01.2021 - 01.Elecciones 2021
                                      Mandan las Encuestas)

DOCUMENTO POSTERIOR


      Dijo Cómodo Centón que las Elecciones Catalanas del 14 de febrero de 2012 no se pueden celebrar; se podrá interesadamente pensar, por aquellos que las encuestas les dan ventajas, que sí se pueden celebrar, pero NO se han de celebrar; ni es época de elecciones ni la democracia se vulnera por buscar una mejor fecha sanitaria.

     Un PARTICULAR, cuyo nombre está oculto, se ha dirigido al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y ha logrado que dicho tribunal SUSPENDA el traslado de la fecha al 30 de mayo, quedando, de tal modo, vigente la fecha del 14 de febrero.

     Aduce el TRIBUNAL que la suspensión es hasta que se entre en el "contenido" de la demanda particular, con el objetivo de estudiar si las elecciones pueden ser objeto de cambio de fecha.

     Una vez más queda patente que "todas las leyes mienten" que dice Cómodo Centón, ya que LA LEY, lejos de ser determinante, contiene siempre unos espacios propicios para ser vulnerados en una vasta variedad de indeterminaciones, tanto escritas como no escritas, de ahí que sea necesario el LEGISLADOR NEGATIVO el que se sobreponga al "poder legislativo" para enmendarle la plana y actuar más allá de su estricta actuación normativa (ver documento 02578 de 05.11.2015 de este índice, sobre Legislador Negativo)

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